jueves, 20 de junio de 2013

Advierten sobre posible blindaje
 
Zelideth Cortez
La nueva ley aumenta los años de prisión, días multa o arrestos a quienes usurpen terrenos que son de propiedad privada


PANAMÁ. Con preocupación abogados consultados calificaron la Ley 44 —que adiciona y modifica artículos al Código Penal— sancionada ayer por el presidente de la República, Ricardo Martinelli.

La nueva normativa aumenta las sanciones con prisión de uno a tres años o su equivalente a días multa o arresto de fines de semana, a quien o quienes, sin autorización, ocupen total o parcialmente un inmueble, terreno o edificación ajena.

Asimismo, para todo aquel que promueva, patrocine, financie, facilite, colabore o incite este tipo de delito la sanción será de tres a seis años de prisión.

El abogado Ernesto Cedeño calificó como ‘un desacierto’ estos cambios, porque, por ejemplo, en el caso de los precaristas muchos invaden terrenos por necesidad.

Cedeño remarcó que con el aumento de estas sanciones se pretende asegurar a los grandes empresarios para que no tengan ningún tipo de tropiezos al momento de sacar a personas que invadan sus terrenos, ‘es como fortalecerlos bajo una ley, es un blindaje que favorece a los terratenientes’, explicó.

Por su parte, también el abogado Víctor Martínez hizo especial énfasis en que el gobierno tiene la obligación de brindarles solución habitacional a cientos de familias que a nivel nacional serían desplazadas por haber invadido terrenos que no les pertenecen.

‘Es positiva la normativa, pero qué pasará con aquellos que serán sacados’, se pregunta el jurista.

OTRAS DISPOSICIONES

Con esta nueva ley también se protege las áreas propensas o vulnerables de riesgo de fenómenos naturales, detallando que para quienes usurpen u ocupen ilegalmente estas zonas la sanción se aumentará de un tercio a la mitad.

Estas mismas disposiciones se aplican cuando el hecho se cometa en áreas colindantes con quebradas, ríos o fuentes de agua o zona declarada como área protegida, preservación ambiental y ecológica.

En la nota de prensa se deja claro que todo lo anterior está contenido en el artículo 229-A que desde ahora se adiciona al Código Penal que también contempla dentro de su normativa la protección de las áreas reservadas para la construcción de obras públicas.

En tanto, el funcionario que ilegalmente se niegue a algún acto propio de su cargo será sancionado con prisión de seis meses a un año o su equivalente en días multa o arresto de fines de semana. La sanción aumentará de un tercio a la mitad cuando la omisión se dé en los casos de lanzamiento ordenados por autoridad competente.

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