Pugna por tierras del Canal
La Autoridad del Canal solicitó iniciar de inmediato el desalojo de los terrenos que les pertenece en el sector de Diablo
Yolanda Sandoval
ysandoval@prensa.com 
Hangares para embarcaciones con acceso al mar, talleres de
reparaciones náuticas y casas con piscinas en las riberas del Canal de
Panamá hacen parte de las 111 edificaciones que se construyeron
ilegalmente en el sector de Diablo, corregimiento de Ancón.
Las
estructuras se levantaron en un globo de terreno de 21 hectáreas que
pertenece a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), de acuerdo con
documentación presentada a este diario.
Desde la entidad advierten
que ningún particular ha poseído escrituras o derechos válidos sobre
mejoras o estructuras, y que a lo largo del tiempo solo se les ha
concedido un permiso de uso de suelo que hoy ni siquiera está vigente.
Del
otro lado de la historia están residentes y empresarios que aseguran
tener derecho absoluto de los terrenos sobre los cuales construyeron
viviendas y negocios. Se niegan a salir de la zona sin recibir una
indemnización, pero la ACP no parece estar dispuesta a negociar.
Tajantemente
se les solicitó el 18 de abril que desalojaran la zona que abarca 21
hectáreas. La entidad les hizo llegar una carta puerta a puerta dando la
orden.
De acuerdo con Oscar Vallarino, vicepresidente de Gestión
Corporativa de la ACP, “el área conocida como los hangares de Diablo, en
el corregimiento de Ancón, es un terreno propiedad de la ACP, y por lo
tanto un bien público destinado al funcionamiento del Canal. La entidad
no ha autorizado ninguna ocupación o construcción en ese sector, por lo
que sus ocupantes lo hacen de manera ilegal, en muchos casos, incluso,
sacando provecho económico de estas tierras”.
Ese sector de Diablo
se ha convertido en una zona inmobiliaria en donde es común ver
letreros que dicen: “se vende esta propiedad”, aunque los usuarios no
son dueños de la tierra.
Algunos han hecho traspasos y contratos
de arrendamiento de estructuras mediante escrituras firmadas ante
notario público. No obstante, esos documentos no tienen valor para
acreditar derechos sobre bienes ubicados en la finca identificada con el
número 196273.
El notario, en este caso, solo puede dar fe de lo
que ambas partes indiquen, no sobre derechos que los firmantes invocan
falsamente.
La tierra en medio del conflicto es preciada. En
Diablo hay una rampa que permite tener acceso directo al cauce del
Canal. Esto es valioso para quienes tienen negocios relacionados a la
pesca deportiva o son propietarios de embarcaciones privadas.
De
allí que no sea extraño que los usuarios prefieran ser cautelosos con lo
que dicen, y hayan contratado al abogado Silvio Guerra para defenderles
ante la ACP y como vocero frente a los medios.
Guerra alega que
sus clientes tienen derechos sobre las tierras, considerando el artículo
IX del tratado Torrijos-Carter, que tuteló y protegió de manera literal
y expresa a quienes “en calidad de propietarios, usuarios o poseedores
se encuentran en esta área y que el Estado panameño se comprometió a
respetar el estatus de esas personas naturales y jurídicas”.
Citando
el tratado, Guerra dijo que ante la eventual necesidad del Estado de
tener que hacer uso del área, se tendría que dar a los usuarios la
primera opción de compra o una previa compensación.
Sin embargo,
para la ACP la interpretación del jurista no es correcta. El tratado
Torrijos-Carter dejó de tener efectos al mediodía del 31 de diciembre de
1999, tal como lo ha certificado la Cancillería de la República.
Y suponiendo que el acuerdo tuviera vigencia, los usuarios de los hangares de Diablo tampoco tendrían derecho alguno.
“El
artículo IX de los Tratados Torrijos-Carter se refiere al
reconocimiento en casos como los de iglesias y otras organizaciones no
lucrativas que habían recibido derechos de propiedad sobre sus mejoras o
construcciones por el gobierno de la Zona del Canal”, explicó
Vallarino.
El funcionario señaló que este no es el caso de los que
ocupan los hangares de Diablo, que recibieron en 1969 de la Zona del
Canal una licencia de uso con fines recreativos y sin ningún derecho de
propiedad.
Las licencias que se otorgaron especificaban que el
autorizado estaba obligado a desalojar el área a solicitud de la
otorgante y que no tendría derecho alguno a reclamar pago, reembolso o
indemnización.
“Ninguna autoridad que precedió a la ACP en la
administración de esa zona ni la ACP en la actualidad, han reconocido
título de propiedad sobre mejora alguna de particulares...”, dijo
Vallarino.
Los usuarios de los hangares se mantienen en su
posición. Piden la intervención de una autoridad alcaldicia y planean
solicitar una reunión con la junta directiva de la ACP.
La ruta marcada para los hangares
Todos
los permisos otorgados a lo largo de la historia para ocupar los
hangares de Diablo fueron temporales y nunca incluyeron el traspaso de
propiedad.
En 1969 la administración del gobierno de la Zona del
Canal designó un área en la comunidad de Diablo para pequeños hangares.
En total se otorgaron 69 licencias hasta el año 1979, cuando entraron en
vigencia los tratados Torrijos-Carter.
A partir de ese momento la
administración de todas las licencias de uso en el área del Canal
fueron asignadas al Ministerio de Hacienda. Bajo este esquema se
adicionó una parcela de terreno en Corozal oeste y se asignó un total de
50 lotes a ciudadanos panameños.
En 1993, entró en vigencia la
Autoridad de la Región Interoceánica (ARI). Esta institución, en el año
de 1998, sometió ante su junta directiva un proyecto que buscaba regular
el uso de estas áreas. Se estableció un canon de arrendamiento basado
en el pago del 3% del avalúo de los terrenos.
De los 119 lotes, en
ese momento, la ARI otorgó 39 contratos de arrendamiento a un término
de dos años prorrogables. Un grupo de 80 usuarios se negó a formalizar
sus contratos.
En 2001, el área utilizada para los hangares fue
inscrita en el Registro Público como patrimonio de la Autoridad del
Canal de Panamá (ACP).
Yolanda Sandoval
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