martes, 23 de abril de 2013

Pugna por tierras del Canal

La Autoridad del Canal solicitó iniciar de inmediato el desalojo de los terrenos que les pertenece en el sector de Diablo

Yolanda Sandoval
ysandoval@prensa.com


Hangares para embarcaciones con acceso al mar, talleres de reparaciones náuticas y casas con piscinas en las riberas del Canal de Panamá hacen parte de las 111 edificaciones que se construyeron ilegalmente en el sector de Diablo, corregimiento de Ancón.

Las estructuras se levantaron en un globo de terreno de 21 hectáreas que pertenece a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), de acuerdo con documentación presentada a este diario.

Desde la entidad advierten que ningún particular ha poseído escrituras o derechos válidos sobre mejoras o estructuras, y que a lo largo del tiempo solo se les ha concedido un permiso de uso de suelo que hoy ni siquiera está vigente.

Del otro lado de la historia están residentes y empresarios que aseguran tener derecho absoluto de los terrenos sobre los cuales construyeron viviendas y negocios. Se niegan a salir de la zona sin recibir una indemnización, pero la ACP no parece estar dispuesta a negociar.

Tajantemente se les solicitó el 18 de abril que desalojaran la zona que abarca 21 hectáreas. La entidad les hizo llegar una carta puerta a puerta dando la orden.

De acuerdo con Oscar Vallarino, vicepresidente de Gestión Corporativa de la ACP, “el área conocida como los hangares de Diablo, en el corregimiento de Ancón, es un terreno propiedad de la ACP, y por lo tanto un bien público destinado al funcionamiento del Canal. La entidad no ha autorizado ninguna ocupación o construcción en ese sector, por lo que sus ocupantes lo hacen de manera ilegal, en muchos casos, incluso, sacando provecho económico de estas tierras”.

Ese sector de Diablo se ha convertido en una zona inmobiliaria en donde es común ver letreros que dicen: “se vende esta propiedad”, aunque los usuarios no son dueños de la tierra.

Algunos han hecho traspasos y contratos de arrendamiento de estructuras mediante escrituras firmadas ante notario público. No obstante, esos documentos no tienen valor para acreditar derechos sobre bienes ubicados en la finca identificada con el número 196273.

El notario, en este caso, solo puede dar fe de lo que ambas partes indiquen, no sobre derechos que los firmantes invocan falsamente.

La tierra en medio del conflicto es preciada. En Diablo hay una rampa que permite tener acceso directo al cauce del Canal. Esto es valioso para quienes tienen negocios relacionados a la pesca deportiva o son propietarios de embarcaciones privadas.

De allí que no sea extraño que los usuarios prefieran ser cautelosos con lo que dicen, y hayan contratado al abogado Silvio Guerra para defenderles ante la ACP y como vocero frente a los medios.
Guerra alega que sus clientes tienen derechos sobre las tierras, considerando el artículo IX del tratado Torrijos-Carter, que tuteló y protegió de manera literal y expresa a quienes “en calidad de propietarios, usuarios o poseedores se encuentran en esta área y que el Estado panameño se comprometió a respetar el estatus de esas personas naturales y jurídicas”.

Citando el tratado, Guerra dijo que ante la eventual necesidad del Estado de tener que hacer uso del área, se tendría que dar a los usuarios la primera opción de compra o una previa compensación.

Sin embargo, para la ACP la interpretación del jurista no es correcta. El tratado Torrijos-Carter dejó de tener efectos al mediodía del 31 de diciembre de 1999, tal como lo ha certificado la Cancillería de la República.

Y suponiendo que el acuerdo tuviera vigencia, los usuarios de los hangares de Diablo tampoco tendrían derecho alguno.

“El artículo IX de los Tratados Torrijos-Carter se refiere al reconocimiento en casos como los de iglesias y otras organizaciones no lucrativas que habían recibido derechos de propiedad sobre sus mejoras o construcciones por el gobierno de la Zona del Canal”, explicó Vallarino.

El funcionario señaló que este no es el caso de los que ocupan los hangares de Diablo, que recibieron en 1969 de la Zona del Canal una licencia de uso con fines recreativos y sin ningún derecho de propiedad.

Las licencias que se otorgaron especificaban que el autorizado estaba obligado a desalojar el área a solicitud de la otorgante y que no tendría derecho alguno a reclamar pago, reembolso o indemnización.

“Ninguna autoridad que precedió a la ACP en la administración de esa zona ni la ACP en la actualidad, han reconocido título de propiedad sobre mejora alguna de particulares...”, dijo Vallarino.
Los usuarios de los hangares se mantienen en su posición. Piden la intervención de una autoridad alcaldicia y planean solicitar una reunión con la junta directiva de la ACP.

La ruta marcada para los hangares

Todos los permisos otorgados a lo largo de la historia para ocupar los hangares de Diablo fueron temporales y nunca incluyeron el traspaso de propiedad.

En 1969 la administración del gobierno de la Zona del Canal designó un área en la comunidad de Diablo para pequeños hangares. En total se otorgaron 69 licencias hasta el año 1979, cuando entraron en vigencia los tratados Torrijos-Carter.

A partir de ese momento la administración de todas las licencias de uso en el área del Canal fueron asignadas al Ministerio de Hacienda. Bajo este esquema se adicionó una parcela de terreno en Corozal oeste y se asignó un total de 50 lotes a ciudadanos panameños.

En 1993, entró en vigencia la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI). Esta institución, en el año de 1998, sometió ante su junta directiva un proyecto que buscaba regular el uso de estas áreas. Se estableció un canon de arrendamiento basado en el pago del 3% del avalúo de los terrenos.

De los 119 lotes, en ese momento, la ARI otorgó 39 contratos de arrendamiento a un término de dos años prorrogables. Un grupo de 80 usuarios se negó a formalizar sus contratos.

En 2001, el área utilizada para los hangares fue inscrita en el Registro Público como patrimonio de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
Yolanda Sandoval

No hay comentarios.:

Publicar un comentario